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Escincion EPM

PROYECTO DE ESCISIÓN Y FUSIÓN POR ABSORCIÓN


EPM TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P. – SOCIEDAD ABSORBENTE

ORBITEL S.A. E.S.P. – SOCIEDAD ABSORBIDA

EMTELCO S.A. – SOCIEDAD ESCINDENTE Y PARCIALMENTE ABSORBIDA

MEDELLIN, FEBRERO DE 2007

PROYECTO DE ESCISIÓN PARCIAL Y FUSION POR ABSORCIÓN
EMTELCO S.A., ORBITEL S.A. E.S.P.

Y EPM TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P.
1. Empresas que participan en la operación
Emtelco S.A.: Sociedad Escindente y Parcialmente Absorbida por EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. Es una sociedad de economía mixta con domicilio en la ciudad de Bogotá, constituida mediante escritura pública no. 1.401 del 21 de julio de 1994 de la Notaría 21 de Medellín, aclarada mediante Escritura Pública No. 1.542 del 11 de agosto de 1994 de la misma Notaría, con matrícula mercantil no. 00609676 de la Cámara de Comercio de Bogotá.



Orbitel S.A. E.S.P.: Sociedad Absorbida por EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. Es una empresa de servicios públicos mixta, con domicilio en Medellín, constituida mediante escritura pública 340 del 16 de febrero de 1998, otorgada en la Notaría 8 de esta ciudad de Medellín, con matrícula mercantil no. 21-237250-04 de la Cámara de Comercio de Medellín.



EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P.: Sociedad Beneficiaria de la porción patrimonial escindida de Emtelco S.A. y Sociedad Absorbente de la fusionada Orbitel S.A. Se trata de una Empresa de Servicios Públicos Oficial, constituida como sociedad por acciones, filial de empresa industrial y comercial del Estado, mediante escritura pública no. 2.183 de junio 23 de 2006 otorgada en la Notaría 26 de Medellín, con matrícula mercantil no. 21-365172-04 de la Cámara de Comercio de Medellín.



Las tres (3) sociedades que participan en la operación hacen parte del grupo empresarial EPM Telecomunicaciones, todo lo cual se acredita con los certificados de existencia y representación legal de las mismas. (Anexos 1, 2 y 3)
2. Razones para la escisión parcial y fusión:

2.1 Antecedentes.

En el 2004, las EE.PP.M. E.S.P. evaluaron la situación del Grupo Empresarial EPM para enfrentar los retos de competencia en el entorno de los negocios de aguas, energía y telecomunicaciones y, para ello, la empresa contrató una firma consultora, con el fin de que ésta le ayudara a establecer los propósitos fundamentales que demarcaran el futuro deseado para el Grupo y que constituyeran el eje para el despliegue de estrategias y manejo empresarial del mismo, con base en las expectativas del dueño y su perfil como inversionista.

La estrategia fundamental propuesta para el Grupo Empresarial EPM 2005-2015, como resultado del trabajo de consultoría, partió de reconocer que Empresas Públicas de Medellín E.S.P. es una gran institución que tiene tres (3) corporaciones de negocios bajo su tutela. Por ello deben existir tres estrategias corporativas diferentes:
•Crecer e invertir agresivamente en los negocios de Energía.
•Profundizar y mejorar, con la mínima inversión de capital posible, su presencia en negocios de Agua.
•Reconfigurar el negocio de Telecomunicaciones.
En concreto, a partir de los análisis realizados en torno al negocio de Telecomunicaciones, la administración de EE.PP.M. E.S.P. entendió que debía enfrentar un gran reto: reorganizar el negocio en torno a mercados y no a tecnología o geografías, pudiendo ofrecer de manera empaquetada todos los servicios que hoy se tienen, para satisfacer los diferentes hábitos de consumo de sus clientes; de tal forma que sean estos hábitos (no la tecnología ni la geografía) los que determinen sus focos de mercados, liderando a sus socios a participar en una empresa donde los óptimos globales, y no los locales, prevalezcan en todos los mercados.



Dando curso a estas líneas de acción, la Junta Directiva de la entidad aprobó la propuesta presentada por la administración para adelantar, respecto del negocio de Telecomunicaciones, “la segregación de todos los activos, pasivos y personal asociados al mismo, aportándolos en bloque a una sociedad que se crea por ese mismo acto”.



Para responder eficazmente a la estrategia trazada en EE.PP.M. E.S.P., la Administración Municipal radicó ante el Concejo de la ciudad como ente creador de Empresas Públicas de Medellín E.S.P., el proyecto de acuerdo No 135 de 2005, mediante el cual se emprendiera la reorganización de esta empresa industrial y comercial del Estado con la escisión de la Unidad Estratégica de Negocios (UEN) de Telecomunicaciones.



Después de surtidos los debates y agotado el trámite, el proyecto fue aprobado el 06 de octubre de 2005 y publicado en la Gaceta Oficial No 2524 el 07 de octubre, como Acuerdo No. 45 de 2005. Surtidos los trámites correspondientes, el 1 de julio de 2006, nació EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. como entidad beneficiaria de la escisión, culminándose el primer paso para la reconfiguración del negocio de telecomunicaciones de EEPPM.



2.2 Motivación de la decisión.



El segundo paso a seguir en el camino de la reconfiguración es la reestructuración de la participación en empresas de telecomunicaciones que forman parte del Grupo Empresarial, buscando que todas las decisiones estratégicas del negocio de telecomunicaciones respondan a una dirección única y centralizada, orientada a la atención de mercados determinados sobre una base nacional. Todas las licencias, accesos (fijos y móviles), redes y demás activos de las sociedades en las que actualmente participa, estarán al servicio de la nueva estrategia.



Se hace urgente entonces, ir integrando la operación y organización de las sociedades que ya son de propiedad de EPM Telecomunicaciones: Orbitel y Emtelco, lo que permite la activación de la estrategia y evitar la competencia de ofertas de estas empresas en el mercado.



Los estudios desarrollados al interior del Proyecto de Integración del negocio de Telecomunicaciones de EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P., aprobado por la Junta Directiva el 11 de agosto de 2006, han mostrado que para extraer el mayor valor de la operación conjunta de las tres compañías, deben integrarse jurídicamente, a través de una fusión.



No obstante, dentro del proceso de análisis que se ha adelantado sobre las dos sociedades a ser fusionadas con EPM Telecomunicaciones y los negocios que las componen, se ha encontrado que el negocio de Contact Center de Emtelco S.A. requiere un tratamiento especial, por cuanto su actividad básica no responde a la lógica de operación de un negocio de telecomunicaciones.



El negocio de Contact Center centra sus actividades en la atención de llamadas y mensajes de todas las entidades y empresas que requieren establecer una comunicación personalizada con sus clientes para comunicar ofertas, atender reclamaciones, requerimientos y mucho más, por medio del teléfono, web, mail, chat, fax.



Uno de los elementos centrales para una correcta atención de los clientes es la permanente contratación por outsourcing de la mano de obra y la apropiada capacitación en el servicio, debido a que la competencia en este sector está en la necesidad de proveer la mejor calidad al menor costo, lo cual hace que se tengan que desarrollar competencias especiales al interior de este negocio.



La competencia fundamental del negocio Contact Center se centra en la gerencia del talento humano y del conocimiento, lo cual contrasta con la competencia fundamental de las empresas de telecomunicaciones en donde el centro es el conocimiento técnico. Adicionalmente, es normal que las compañías de telecomunicaciones tengan separado este negocio en compañías independientes.



Estas particularidades del negocio de Contact Center lo hacen un tanto diferente de los conceptos estratégicos que han dado lugar a las configuraciones de negocios definidas para EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. y su Grupo Empresarial, razón por la cual se considera pertinente continuar operándolo de manera independiente de los demás negocios de EPM Telecomunicaciones y unirlo a otros servicios relativos a la gestión, operación y comercialización de servicios de TIC’s. Este tema fue analizado por la Junta Directiva de EPM Telecomunicaciones en su sesión del 22 de enero de 2007.



En este orden de ideas, la porción patrimonial que será escindida de Emtelco S.A. y que se fusionará con EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. es la inherente al negocio de servicios de valor agregado, telemáticos y demás servicios de tecnología, información y comunicaciones (TIC´S) que presta según su objeto social, diferentes a los asociados al Contact Center, los cuales pasarán a ser operados por dicha sociedad en forma integrada con los demás servicios de telecomunicaciones.



En resumen, se propone integrar a Orbitel S.A. mediante Fusión por Absorción y, a Emtelco, a través de Escisión parcial con absorción de lo atinente a los servicios de valor agregado.



3. Naturaleza de la operación:



Se trata de una operación múltiple, que involucra a tres sociedades, a saber:



1.Emtelco S.A., sin disolverse, escinde una parte de sus activos, pasivos y cuentas patrimoniales, para traspasarlos en bloque, a la sociedad beneficiaria EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. Como consecuencia, Emtelco S.A. continuará existiendo como sociedad y su patrimonio será reducido en la porción escindida. Asimismo, la sociedad beneficiaria EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. asumirá los derechos y obligaciones inherentes a la porción patrimonial transferida.



2.Orbitel S.A. E.S.P. será absorbida totalmente mediante fusión por parte de EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. Como consecuencia de lo anterior, Orbitel S.A. E.S.P. se disolverá sin liquidarse y, una vez se formalice la fusión, la totalidad de los activos y pasivos de que es titular se transferirán, como universalidad jurídica, a la sociedad absorbente, la cual adquirirá los derechos y contraerá las obligaciones de la sociedad absorbida.



3.EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. absorberá la porción patrimonial escindida de Emtelco S.A. y la totalidad del patrimonio de Orbitel S.A.



Las Asambleas Generales de Accionistas de cada una de las empresas involucradas, aprobarán y autorizarán las operaciones consignadas en el presente documento, en lo concerniente a las sociedades en que obran como máximo órgano social.



4. Condiciones administrativas de la operación:



Con el fin de garantizar un óptimo desarrollo del proceso de integración y del trámite jurídico, así como la pronta consecución de los objetivos señalados, las entidades han conformado equipos de trabajo interdisciplinarios para planear la integración de los aspectos contables, financieros, comerciales, técnicos, logísticos, de recurso humano, legales y demás procesos de las tres compañías. La estructuración y los objetivos de estos equipos estarán bajo la coordinación de la Oficina de Integración conformada por personal de las tres compañías, el cual apoyará el proceso de unificación de recursos, estructuras y procedimientos.



5. Estados financieros y datos básicos para establecer las condiciones de la operación jurídica:



Se toman como base para establecer las condiciones en las que se realizará la escisión y fusión, los estados financieros de EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P., Orbitel S.A. E.S.P. y Emtelco S.A. a Diciembre 31 de 2006. Los estados financieros de las tres entidades acompañados de sus notas, están certificados por los representantes legales y los contadores de las mismas y se encuentran acompañados del respectivo dictamen de la firma Pricewaterhouse Coopers Ltda., revisor fiscal de dichas sociedades.



Se anexan al presente proyecto, sendas copias de los estados financieros de las tres empresas que participan en la operación (EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P., Orbitel S.A. E.S.P. y Emtelco S.A.), acompañados de los respectivos dictámenes, los cuales se relacionan como Anexos 4, 5 y 6.



6. Discriminación de activos y pasivos:



6.1. De las Sociedades Fusionadas



La discriminación y valoración de los activos y pasivos de EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. y Orbitel S.A. E.S.P., sociedades que se fusionarán, se anexa al presente proyecto (Anexo No. 7), según el método de valor en libros, de conformidad con el siguiente resumen de los datos y cifras de la fusión:





EMPRESA
ACTIVOS
PASIVOS
PATRIMONIO

Orbitel S.A. E.S.P.
625.520.251.818


315.218.056.919


310.302.194.899



EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P.
2.944.079.830.969


375.051.548.855


2.569.028.282.114








6.2. De Emtelco S.A. – Sociedad Escindente



Tomando como base los estados financieros a diciembre 31 de 2006, se anexa al presente documento la discriminación de los activos y pasivos de Emtelco S.A. que se incorporarán a la sociedad beneficiaria de la escisión EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P., con base en el método de valor en libros (Anexo 8), según el siguiente resumen:






Emtelco S.A.
(Escindente)
Pasan a la
Beneficiaria

EPM Telecomu- nicaciones S.A. E.S.P.
Emtelco S.A.
(Escindida)

Activos
200.501.391.000
157.294.839.000
43.206.552.000

Pasivos
65.214.037.000
61.210.193.000
4.003.844.000

Patrimonio
135.287.354.000
96.084.646.000
39.202.708.000






7. Método de valoración:



Para estimar el valor de los activos y pasivos, tanto de la sociedad escindente (Emtelco S.A.), como de la absorbida (Orbitel S.A. E.S.P.) y de la beneficiaria y absorbente (EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P.), se utilizará el método de valoración en libros (ACTIVOS, PASIVO, PATRIMONIO).



Los datos tomados de los libros de las empresas que participan en la operación permiten a los interesados conocer las bases económicas de la operación. Los registros contables representan una aproximación objetiva a la realidad económica de cada una de las empresas y a la cuantía de sus activos y pasivos en el momento de la operación.



Los datos de los activos y pasivos sirven para hallar una equilibrada valoración de los patrimonios. Para tal efecto se computan las reservas acumuladas; las valorizaciones de los activos; las depreciaciones y amortizaciones que se han venido acumulando; las provisiones o fondos que no correspondan a erogaciones inmediatas de las compañías; los derechos de propiedad industrial y los intangibles (Good Will), y en general, cualquier otro factor que contribuya a la determinación de los valores reales y no simplemente contable de los patrimonios que han de escindirse y/o fusionarse.





8. Relación de intercambio:



Debido a la restricción contenida en el Acuerdo 45 de 2005 expedido por el Concejo de Medellín para la modificación de la composición accionaria de EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P., se ha determinado que no habrá lugar al intercambio de participaciones accionarias como consecuencia de la presente operación.



En este sentido, los accionistas han acordado lo siguiente:



1.Orbitel S.A. E.S.P.: Antes del perfeccionamiento de la operación, EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P., adquirirá la totalidad de las cinco (5) acciones que actualmente están en cabeza de otros accionistas. quedando por lo tanto en ese momento, todas las acciones de Orbitel en cabeza de EPM Telecomunicaciones. En este orden de ideas, no habrá lugar al intercambio de participaciones como consecuencia de la fusión.

2.Emtelco S.A.: Los accionistas de esta compañía no tendrán participación accionaria en EPM Telecomunicaciones S.A., lo cual deberá autorizarse en forma unánime por los accionistas representados en la Asamblea General de Accionistas de Emtelco S.A. según lo dispone el inciso final del artículo 3° de la Ley 222 de 1995. Como compensación a lo anterior, antes del perfeccionamiento de la operación, EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P., reconocerá a los demás accionistas de Emtelco S.A., de conformidad con los porcentajes de participación accionaria que tengan a dicha fecha, el valor correspondiente a la porción patrimonial escindida, según los acuerdos que se celebren en este sentido.



Como consecuencia de los anteriores acuerdos, en la reorganización empresarial que se proyecta realizar no habrá lugar al intercambio de participación accionaria.



Por lo tanto, el capital social de EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P., ya fusionada, seguirá perteneciendo en su totalidad a los actuales accionistas, en los mismos porcentajes de participación actuales, dándose estricto cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo 45 de 2005 expedido por el Concejo de Medellín, así:







ACCIONISTAS
(%)

Empresas Públicas de Medellín E.S.P.
99.9999052876037%

Instituto Tecnológico Metropolitano (ITM)
0.0000236780991%

Empresas Varias de Medellín E.S.P. (EEVVM)
0.0000236780991%

Instituto de Deporte y Recreación (INDER)
0.0000236780991%

Empresa de Desarrollo Urbano (EDU)
0.0000236780991%

TOTAL
100.00%






9. Derecho de Retiro



El accionista ausente o disidente podrá ejercer el derecho de retiro de conformidad con lo consagrado en el Código de Comercio, si existe para él desmejora patrimonial o si se le impone una mayor responsabilidad.



10. Aviso al público en general:



La aprobación del presente proyecto de escisión y fusión será publicada en un diario de amplia circulación nacional, de acuerdo con lo exigido por el artículo 174 del Código de Comercio. Asimismo, se publicará en un diario de amplia circulación en el domicilio social de las sociedades participantes.



Adicionalmente, el representante legal de cada entidad comunicará la aprobación del proyecto a los acreedores sociales, mediante telegrama o por cualquier otro medio que produzca efectos similares.



11. Tratamiento aplicable a los tenedores de bonos.



En cumplimiento de las disposiciones establecidas en el artículo 7º de la Ley 222 de 1995, en el artículo 75 del decreto 1026 de 1990 y en la Resolución 400 de 1995 y la Circular Externa 12 de 1998, estas últimas de la Superintendencia de Valores (hoy Superintendencia Financiera), EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. y Orbitel S.A. E.S.P. deberán obtener la autorización de las Asambleas de Tenedores de Bonos para la presente operación, y en tal sentido adelantarán el proceso establecido en dichas normas, con estricta sujeción a lo dispuesto en ellas.



Se autoriza al representante legal de las sociedades emisoras EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. y Orbitel S.A. E.S.P., para que, en caso de que todas o algunas de las Asambleas no aprueben el proyecto de escisión y fusión, ofrezcan a los tenedores de bonos una de las alternativas contempladas en el artículo 1.2.4.41 de la Resolución 400 de 1995 expedida por la Superintendencia de Valores (hoy Superintendencia Financiera).



12. Estatutos



Los estatutos de Emtelco S.A. escindida y de EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. serán los que a la fecha de perfeccionamiento de la presente operación estén vigentes para cada sociedad.



13. Eficacia del proyecto:



La eficacia del presente proyecto quedará sujeta a la aprobación del mismo por parte de las Asambleas Generales de Accionistas de EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P., Orbitel S.A. E.S.P. y Emtelco S.A., las cuales al aprobar el proyecto, se entiende que autorizan lo concerniente a cada una de las sociedades en las cuales obran como máximo órgano.



14. Formalización de la operación:



La aprobación del presente proyecto por las Asambleas Generales de Accionistas será publicada en prensa y avisada en debida forma a todos los acreedores sociales.



Asimismo, se adelantarán los trámites para obtener la aprobación de los tenedores de bonos y ante la Superintendencia de Sociedades, entidad competente para autorizar la solemnización de las reformas estatutarias respectivas.



La escisión parcial y fusión planteadas se formalizarán mediante escritura pública que se otorgará por los representantes legales de las sociedades que participan en la operación, en una de las Notarías del Círculo de Medellín y se inscribirá en el registro mercantil de domicilio social de las tres compañías. A partir de dicha inscripción se entenderá perfeccionada la operación.



Para efectos contables, la operación final se perfeccionará con base en las cifras que arroje la contabilidad de las tres (3) empresas que participan en el presente proyecto, al último día del mes en que se produzca la solemnización de la escritura respectiva. A partir del día siguiente, se entenderá que las operaciones de Orbitel S.A., sociedad absorbida, y de Emtelco S.A., (en cuanto a la porción escindida), estarán realizadas por cuenta de EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P.



Los bienes a transferirse, ya sea muebles o inmuebles, cuyo traspaso requiera de registro y que se encuentren al momento del perfeccionamiento de la escisión en cabeza de Emtelco S.A. o de Orbitel S.A. E.S.P., serán debidamente relacionados en la escritura de escisión con el objeto de realizar los registros en las oficinas correspondientes y en los casos que sea necesario, se entregarán adicionalmente las notas de cesión, traspaso o endoso a que hubiere lugar. La transferencia de los demás bienes muebles se efectuará mediante entrega física en bloque tomando como base, los registros, inventarios, balances y libros de la entidad Escindente y/o Absorbida.



15. Autorización a los representantes legales de las empresas que participan en la operación:



Se faculta a los representantes legales de cada una de las empresas que participan en la operación, para que realicen los ajustes contables que fueren necesarios de acuerdo con las variaciones que se presenten dentro del período comprendido entre la fecha del balance que sirvió de base para establecer las condiciones en que se realizará la operación y la fecha de solemnización de la misma.



Quedan igualmente facultados para llevar a cabo todos los actos necesarios para el perfeccionamiento de la operación y realizar todos los trámites que se requieran para el efecto ante las autoridades competentes.



16. Gastos:



Los gastos que ocasione el proceso de escisión y fusión, serán sufragados por EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P.







17. Relación de documentos:



Forman parte del presente proyecto de escisión y fusión, los siguientes documentos:



Anexo 1: Certificado de Existencia y Representación Legal de EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P.



Anexo 2: Certificado de Existencia y Representación Legal de Orbitel S.A. E.S.P.



Anexo 3: Certificado de Existencia y Representación Legal de Emtelco S.A.



Anexo 4: Estados financieros certificados de EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. con corte a Diciembre 31 de 2006, los cuales sirvieron de base para la operación, junto con sus notas y dictamen del revisor fiscal.



Anexo 5: Estados financieros certificados de Orbitel S.A. E.S.P. con corte a Diciembre 31 de 2006, los cuales sirvieron de base para la operación, junto con sus notas y dictamen del revisor fiscal.



Anexo 6: Estados financieros certificados de Emtelco S.A. con corte a Diciembre 31 de 2006, los cuales sirvieron de base para la operación, junto con sus notas y dictamen del revisor fiscal.



Anexo 7: Discriminación y valoración de los activos y pasivos de EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. y Orbitel S.A. E.S.P. (sociedades fusionadas), por el método de valor en libros.

Anexo No. 8: Discriminación y valoración por el método de valor en libros, de los activos y pasivos de Emtelco S.A. (sociedad escindente), que se integrarán al patrimonio de EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P., sociedad beneficiaria de la escisión.

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